RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1991




Promulgación: 01/11/1992
Publicación: 17/11/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 768
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 05 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 171

  Autorízase a la Dirección Nacional de Aduanas a utilizar el 5% (cinco
por ciento), del excedente a que refiere el artículo 169 de la ley 16.226,
de 29 de octubre de 1991, en la parte cuyo destino no sea la de los
funcionarios a fin de solventar los gastos de la guardería de esa
unidad ejecutora.
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