RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1991




Promulgación: 01/11/1992
Publicación: 17/11/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 768
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 05 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 169

  Créase, para el ejercicio 1993, una partida de N$ 1:778.412.500 (nuevos
pesos un mil setecientos setenta y ocho millones cuatrocientos doce mil
quinientos), para la Dirección Nacional de Aduanas, programa 007
"Recaudación de Renta Aduanera y Contralor del Tránsito Aduanero de
Bienes", destinada a la prevención y represión de las infracciones
aduaneras y de la evasión fiscal. Con cargo a dicha partida, que
administrará la Dirección Nacional de Aduanas, sólo podrá girarse para:

A) Adquirir bienes materiales necesarios para cumplir sus cometidos;

B) Atender gastos extraordinarios de funcionamiento e inversiones y, en
   particular, solventar traslados, estadías y gastos de manutención del
   personal afectado a la represión de la evasión fiscal.

 La Dirección Nacional de Aduanas presentará a la Contaduría General de la
Nación la apertura en proyectos, rubros, subrubros, renglones y derivados,
según corresponda, de la partida referida.
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