La Comisión formulará, antes del 30 de junio y del 31 de diciembre de
cada año, el plan semestral de Inversiones, dándole amplia publicidad. Los
interesados podrán formular propuestas a la Comisión hasta sesenta días
antes de las fechas indicadas en el inciso anterior.
En el curso de cada semestre y por resolución fundada, la Comisión podrá
disponer las modificaciones al plan de Inversiones que estime oportunas,
dando cuenta de ellas al Ministerio de Educación y Cultura.