REGIMEN DE REFINANCIACION DE DEUDAS POR OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL BANCO DE PREVISION SOCIAL




Promulgación: 30/03/1992
Publicación: 10/04/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1992
  •    Página: 242
Reglamentada por: Decreto Nº 147/992 de 03/04/1992.

Artículo 2

    La declaración jurada estimará la deuda total, con exclusión de multas
y recargos, calculada en base a la suma de las obligaciones impagas de
cada año, convertidas a dólares estadounidenses al tipo de cambio
comprador interbancario del último día hábil del año respectivo, a lo que
se lo agregará un recargo anual del 5% (cinco por ciento). (*)
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