RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1990




Promulgación: 29/10/1991
Publicación: 06/11/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 544
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 06 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 176

   Asígnase al Ministerio de Relaciones Exteriores una partida anual, por
el equivalente en moneda nacional de U$S 1.000.000, (dólares de los
Estados Unidos de América un millón), que será atendida con cargo Rentas
Generales en duodécimos y se afectará a los mismos destinos a los cuales
se asignaba la recaudación prevista por las disposiciones a que refieren
los artículos 473 a 475 de la presente ley.(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 179.
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