PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1990 - 1994




Promulgación: 28/12/1990
Publicación: 10/01/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 759
Referencias a toda la norma

SECCION IX - DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 687

    El Poder Ejecutivo podrá disponer que se cancelen con cargo a Rentas
Generales, total o parcialmente, las obligaciones asumidas o asumir, por
la Corporación Nacional para el Desarrollo, en virtud de los préstamos
previstos en el Convenio Básico celebrado el 9 de enero de 1990, entre el
Estado y aquella, con el objetivo de instrumentar el plan de
reestructuración bancaria que figura como Anexo I del referido Convenio.
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