PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1990 - 1994




Promulgación: 28/12/1990
Publicación: 10/01/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 759
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 14 - MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 450

  El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
podrá trasponer los proyectos incluidos en el Plan de Inversiones, con sus
respectivos créditos, al ejercicio siguiente, cuando se difiera la
licitación, adjudicación o contratación de la obra de que se trate.
   
  El monto máximo de ejecución establecido para el ejercicio a que se
traspone el proyecto se mantendrá incambiado. (*)

(*)Notas:
Inciso 2º) agregado/s por: Ley Nº 16.736 de 05/01/1996 artículo 73.
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