SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Artículo 386
El aporte patronal correspondiente al complemento de retribuciones que
perciben los funcionarios de la unidad ejecutora 022, "Dirección Nacional
de Correos", según lo dispuesto por el artículo 232, de la ley 15.903, de
10 de noviembre de 1987, no se imputará al porcentaje previsto en la
referida norma.