SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Artículo 350
Créanse las Fiscalías Letradas en lo Civil de 9º a 20º Turno, las que
actuarán con los cometidos asignados a sus similares existentes de 1º y 8º
Turno.
Créanse doce cargos de Fiscal Letrado en los Civil; doce cargos de
Administrativo IV, escalafón C, grado 08, destinados a las Fiscalías
Letradas en los Civil referidas en el inciso anterior.