PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1990 - 1994




Promulgación: 28/12/1990
Publicación: 10/01/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 759
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 05 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 172

    Fíjase en 2 UR (dos Unidades Reajustables) el valor de los
certificados que expida el Registro General de Proveedores del Estado,
radicado en la Contaduría General de la Nación.
    Dicho producido será destinado por la referida oficina a equipamiento
y gastos de funcionamiento, excluidas las retribuciones personales.
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