PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1990 - 1994




Promulgación: 28/12/1990
Publicación: 10/01/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 759
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 03 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 129

   Créanse en la unidad ejecutora 135 "Servicio de Retiros y Pensiones de
las Fuerzas Armadas" del Ministerio de Defensa Nacional, un cargo de
Capitán y dos cargos de Teniente 1º.

   Los cargos creados no podrán ser ocupados hasta tanto no sea aprobada
la reestructura escalafonaria del Servicio de Retiros y Pensiones de las
Fuerzas Armadas y el respectivo Reglamento de Ascensos, a cuyas
disposiciones deberá ceñirse la provisión de los mismos.
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