Reglamentada por: Decreto Nº 37/997 de 05/02/1997.
Prohíbese toda discriminación que viole el principio de igualdad de trato y de oportunidades para ambos sexos en cualquier sector o ramo de la actividad laboral. (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 2 y 3.
SANGUINETTI - RENAN RODRIGUEZ SANTURIO