LEY DEL LIBRO. DECLARACION DE INTERES NACIONAL




Promulgación: 27/11/1987
Publicación: 31/12/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 943
Referencias a toda la norma

CAPITULO VI - COMISION NACIONAL DEL LIBRO

Artículo 17

  (Creación). - Créase la Comisión Nacional del Libro, que dependerá del
Ministerio de Educación y Cultura para el asesoramiento, desarrollo y
ejecución de la política Nacional del Libro establecida en el artículo 2º
de la presente ley.
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