ENAJENACION DE LOS BIENES DEL ESTADO - BIENES INMUEBLES




Promulgación: 15/12/1986
Publicación: 29/01/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1986
  •    Página: 836

Artículo 2

   La venta se efectuará en los términos y condiciones pactadas en el
compromiso de compraventa otorgado y suscrito ad referéndum de la presente
ley, el 29 de enero de 1985, entre el Ministerio de Ganadería, Agricultura
y Pesca y dicha Cooperativa.
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