PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1985 1990




Promulgación: 08/04/1986
Publicación: 21/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 764
Referencias a toda la norma

SECCION III - ORDENAMIENTO FINANCIERO
CAPITULO I - FUNCIONAMIENTO

Artículo 74

  Los montos asignados por el articulado de la presente ley a renglones
del rubro 0 "Retribución de Servicios Personales", de los Incisos 02 al
26, con excepción de los organismos comprendidos en el artículo 220 de la
Constitución de la República, deberán ajustarse con los aumentos que les
correspondan, dispuestos a partir del 1º de julio de 1985.
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