SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 02 - PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Artículo 115
La Secretaría de la Presidencia de la República podrá organizar una
Secretaría de Prensa y Difusión.
Asígnese a estos efectos, las siguientes partidas anuales:
Rubro Denominación Importe N$
011 Retribuciones básicas de cargos 2.112.000
presupuestados
021 Retribuciones básicas de personal 13.943.880
061 Retribuciones adicionales 3.900.000 (*)