EXONERACION DE APORTES A LA CONSTRUCCION. VIVIENDA ECONOMICA POPULAR




Promulgación: 08/06/1973
Publicación: 14/06/1973
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1973
  •    Página: 1548
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   El Poder Ejecutivo deberá proponer dentro de los 120 días de 
promulgada esta ley, los recursos sustitutivos de los que por esta ley no se viertan a las Cajas de Asignaciones Familiares, previa consulta a los Organismos de Seguridad Social. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.
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