LEY DE PRESUPUESTO NACIONAL DE RECURSOS. IRPF. IRIC




Promulgación: 29/12/1972
Publicación: 04/01/1973
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 1019

Referencias a toda la norma

SECCION V - VARIOS

Artículo 186

   El Poder Ejecutivo reglamentará la aplicación del tributo creado en 
el artículo anterior, cuya recaudación estará a cargo del Ministerio de Transporte, Comunicaciones y Turismo y cuyo producido será vertido a Rentas Generales.
   Los artículos de primera necesidad quedan exentos de dicho tributo, 
facultándose asimismo al Poder Ejecutivo para disponer exoneraciones totales o parciales del mismo, por razones fundadas, y dando cuenta a la Asamblea General.

(*)Notas:
Reglamentado por:
      Decreto Nº 436/973 de 14/06/1973 artículo 1,
      Decreto Nº 256/973 de 05/04/1973.
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