LEY DE PRESUPUESTO NACIONAL DE RECURSOS. IRPF. IRIC




Promulgación: 29/12/1972
Publicación: 04/01/1973
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 1019

Referencias a toda la norma

SECCION IV - NORMAS GENERALES

Artículo 152

   Sustitúyese el inciso 3° del artículo 403 del Código de Comercio, 
agregado por el artículo 206 de la Ley Nº 13.318 de 28 de diciembre de 1964, por el siguiente:

"Las sociedades anónimas deberán tener un capital autorizado mínimo de $ 
50:000.000 (cincuenta millones de pesos).

Esta disposición se aplicará para las sociedades anónimas que obtengan la 
autorización judicial con posterioridad a la fecha de vigencia de esta 
ley.

(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 16.060 de 04/09/1989 artículo 510.
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