FIJACION DE SALARIO. MINISTROS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA




Promulgación: 03/02/1972
Publicación: 09/02/1972
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1972
  •    Página: 268

Artículo 2

   Las asignaciones fijadas precedentemente tendrán el carácter de líquidas, siendo de cargo de Tesorería los descuentos establecidos por 
las leyes jubilatorias y presupuestales.
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