Además del régimen de seis días semanales de trabajo (lunes a sábado)
en jornadas de 8 horas, las empresas podrán establecer el régimen de
Semana Inglesa, o el régimen de lunes a viernes para su personal.
A los efectos de completar 48 horas semanales de trabajo, podrán
extender, en el régimen de Semana Inglesa, 48 minutos las jornadas de
lunes a viernes, trabajandose únicamente las 4 primeras horas del día
sábado. Cuando se deseare eliminar totalmente el trabajo en los días
sábados, la extensión será de 96 minutos en las jornadas de los días
lunes a viernes.
Se abonarán y computarán a todos los efectos laborales, seis jornadas
de trabajo en la semana completada por el obrero.