Si la empresa "Gramón S. A." o cualquier otra firma tomase a su cargo
la explotación industrial que se efectuaba en las plantas clausuradas,
así como una nueva empresa o empresas se instalen en los departamentos de
Montevideo y/o Paysandú, estarán obligadas a reincorporar a los obreros y
empleados cesantes al 15 de marzo de 1971 y que figuren en la lista de
subsidistas que tendrá el Consejo Central de Asignaciones Familiares.
Se exceptúa de esta obligación al personal de dirección.