PRESTAMOS A EMPLEADOS PRIVADOS. REGUSCI Y VOULMINOT INGENIEROS SOCIEDAD ANONIMA




Promulgación: 08/07/1971
Publicación: 13/07/1971
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1971
  •    Página: 61
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   El préstamo será reintegrado por cada trabajador a razón de un jornal
mensual en forma consecutiva; este reintegro lo efectuará en la Caja de
Asignaciones Familiares N.o 31, inmediatamente de efectuado el primer
cobro de sueldos o jornales.
   En caso de que no vertieren los importes correspondientes al préstamo
a que hace referencia la presente ley, serán aplicables las disposiciones
vigentes para las deudas a favor del Estado.
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