DECLARACION DE INTERES NACIONAL. EJECUCION DEL PLAN DE MEJORAMIENTO Y EXTENSION DE LA EXPLOTACION CITRICOLA




Promulgación: 31/12/1970
Publicación: 08/01/1971
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1970
  •    Página: 1352
Referencias a toda la norma

Artículo 16

   Los plazos por los que se otorguen estos créditos no podrán exceder de 
diez años y los sistemas de amortización de los mismos serán variables según sus destinos, y los establecerá con carácter general el Banco de la 
República Oriental del Uruguay, con informe de la Comisión Honoraria Nacional del Plan Citrícola.
Ayuda