REGIMEN DE ADJUDICACION DE VIVIENDAS CONSTRUIDAS POR INVE




Promulgación: 22/12/1970
Publicación: 28/12/1970
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1970
  •    Página: 1280
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   Las familias integradas por no videntes (marido y mujer) tendrán 
preferencia para ocupar las viviendas construídas por el Instituto Nacional de Viviendas Económicas (INVE), con exclusión del régimen de sorteo. 
   Al efecto, se destinará a dichas familias hasta el 10 % (diez por 
ciento) de las unidades habitacionales que construya el Organismo.
   Los beneficiarios de esta disposición, deberán inscribirse en un registro especial que llevará INVE.

PACHECO ARECO - WALTER PINTOS RISSO - CESAR CHARLONE


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