Si en la investigación decretada, la Comisión Investigadora
considerase necesario el apartamiento provisional de algunos funcionarios
o jerarcas, lo solicitará a la autoridad que corresponda.
Ese apartamiento por dicha causa no podrá exceder el término del
mandato de la Comisión.
Dicha resolución deberá adoptarse por la mayoría absoluta de votos
de sus componentes.