CAPITULO VI - MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA SECCION III
Artículo 90
Los gastos de funcionamiento, compra de equipos y contratación
de personal técnico y administrativo de la Comisión Honoraria del Plan de
Promoción Granjera se efectuarán conforme a las normas vigentes para la
Comisión Honoraria del Plan Agropecuario y se atenderán con los recursos
arbitrados para el Desarrollo Agropecuario (artículo 239 de la presente
ley).