RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIOS 1966 Y 1967




Promulgación: 09/01/1969
Publicación: 21/01/1969
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1969
  •    Página: 50
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
SECCION III

Artículo 60

   En los casos que el SCRA (Arsenal de Marina), independientemente de 
las atribuciones de otros organismos de contralor deba controlar las 
reparaciones y/o construcciones de acuerdo a lo que establece el inciso 
B) del artículo 5° de la ley de 17 de julio de 1916, los gastos que se devenguen serán solventados por el Organismo estatal propietario del buque.

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