CAPITULO II - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SECCION III
Artículo 50
Autorízase al Ministerio de Defensa Nacional a girar el importe de los
gastos de la Misión Militar Uruguaya en los Estados Unidos de América con
cargo al Rubro 9 (Asignaciones Globales) (Partidas para pagos de
viáticos, gastos de viaje, diferencia por coeficiente y pérdidas de
cambio de los Agregados Militares en el Exterior), una vez que se agote
la dotación del Rubro 7 "Transferencias", del Programa 3.01.