RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIOS 1966 Y 1967




Promulgación: 09/01/1969
Publicación: 21/01/1969
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1969
  •    Página: 50
Referencias a toda la norma

SECCION IV - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION - BANCO DE PREVISION SOCIAL

Artículo 221

   Amplíase el crédito establecido en el Subprograma 4.01 del inciso 28, 
Banco de Previsión Social, "Administración y Servicios Generales", en la 
suma de $ 8:501.240 (ocho millones quinientos un mil doscientos cuarenta pesos) anuales para el Renglón 021. 
   Dicha ampliación será destinada a la contratación de quienes al 1° de 
marzo de 1967 desempeñaban funciones en el Servicio de Vigilancia de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Industria y Comercio.

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