RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIOS 1966 Y 1967




Promulgación: 09/01/1969
Publicación: 21/01/1969
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1969
  •    Página: 50
Referencias a toda la norma

CAPITULO X - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
SECCION III

Artículo 170

   Créase dentro del Programa 12.04 "Atención Médica Curativa y de 
Rehabilitación", del Ministerio de Salud Pública, el Servicio de Medicina 
Nuclear.
   Asígnanse a dicho Servicio las partidas para contratación del 
siguiente personal técnico: 1 Médico Jefe con sueldo equivalente al correspondiente al Grado 6 del Escalafón Técnico-Profesional; 4 Médicos Radioisotopistas con sueldo equivalente al correspondiente al Grado 5; 3 Auxiliares Técnicos con sueldo equivalente al Grado 10 del Escalafón Especializado y 2 Auxiliares de Laboratorio con sueldos equivalentes al Grado 6 de dicho Escalafón: $ 2:045.000 (dos millones cuarenta y cinco 
mil pesos).
   Para gastos de funcionamiento y equipamiento con exclusión de 
remuneraciones personales: $ 10.000.000 (diez millones de pesos).
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