RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIOS 1966 Y 1967




Promulgación: 09/01/1969
Publicación: 21/01/1969
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1969
  •    Página: 50
Referencias a toda la norma

CAPITULO VIII - MINISTERIO DE TRANSPORTE COMUNICACIONES Y TURISMO
SECCION III

Artículo 109

   Créase una Bolsa de Trabajo para los Mensajeros Reemplazantes contratados con cargo al Renglón 021 del Programa 9.07, "Dirección 
General de Telecomunicaciones".
   Dicha Bolsa estará integrada por los reemplazantes que hayan trabajado 
en tareas remuneradas con cargo al referido Renglón - ex Item 3.28 - en 
el lapso comprendido entre el 1° de enero de 1966 y el 30 de junio de 
1968 y sus emolumentos se abonarán con cargo a la disponibilidad de rubro 
existente en el mismo o que se originen a partir de la fecha de promulgación de la presente ley.
   Para aquellas localidades en que no existan personas en condiciones de
integrar la Bolsa de Trabajo, de acuerdo con las condiciones establecidas
en el inciso anterior, ésta podrá integrarse igualmente con los
interesados que hubiere. (*)

(*)Notas:
Inciso 3º) agregado/s por: Ley Nº 13.835 de 07/01/1970 artículo 156.
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