APROBACION DEL TEXTO ORDENADO 1968




Promulgación: 24/10/1968
Publicación: 30/10/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1968
  •    Página: 2544

Referencias a toda la norma

TITULO II
CAPITULO II - IMPUESTO A LA PRODUCCION MINIMA EXIGIBLE DE LAS EXPLOTACIONES AGROPECUARIAS

Artículo 73

   En ocasión de las exportaciones de lana y demás productos que se incluyan en el régimen, el Banco de la República retendrá los montos que anualmente fije el Poder Ejecutivo, según el artículo 72 de esta ley. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 13.782 de 03/11/1969 artículo 71.
Ver en esta norma, artículos: 74 y 75.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 13.695 de 24/10/1968 artículo 73.
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