PRODUCCION COMERCIALIZACION IMPORTACION Y EXPORTACION DE FERTILIZANTES




Promulgación: 14/06/1968
Publicación: 24/06/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1968
  •    Página: 1266
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - COMERCIALIZACION
SECCION I - ROTULACION

Artículo 3

   Los envases de los fertilizantes que se vendan, ofrezcan en venta, 
sean expuestos a la venta o transporten dentro del país, deberán llevar 
un rótulo, escrito en castellano en forma visible o indeleble, colocado 
en la forma y con los datos que la reglamentación establezca, además de los siguientes:

a) Nombre y dirección de la persona que rotuló o vende el fertilizante.
b) Peso neto.
c) Análisis.
d) Fórmula.
e) Número del registro.
f) Precio de venta al consumidor.
g) Si es de industria nacional o importado; y, en este caso, país de 
   origen.

   Cuando se trate de fertilizantes a granel, las especificaciones 
respectivas deberán ser incluidas en las facturas de venta que acompañarán, en todos los casos, el transporte del producto.

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