PRODUCCION COMERCIALIZACION IMPORTACION Y EXPORTACION DE FERTILIZANTES




Promulgación: 14/06/1968
Publicación: 24/06/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1968
  •    Página: 1266
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - COMERCIALIZACION
SECCION V - REGISTROS

Artículo 18

   El Ministerio de Ganadería y Agricultura llevará Registros especiales, 
en la forma que establezca la reglamentación donde se inscribirán:

a) Quienes importen, exporten, procesen, almacenen, distribuyan o vendan 
   fertilizantes o sus materias primas;
b) Los fertilizantes.
     Queda prohibida la comercialización sin el previo cumplimiento de 
   dichos requisitos.

Referencias al artículo
Ayuda