El plazo para deducir la acción de rebaja de alquileres, vencerá el 29
de febrero de 1968. Conjuntamente con la demanda, los actores deberán
adjuntar declaración jurada de los ingresos de cada uno de los integrantes del núcleo familiar.
El Juez al sustanciar la demanda decretará la suspensión del pago del
aumento que sobrepase el porcentaje fijado en el artículo anterior. El demandado dispondrá de un término de quince días para contestar la demanda, siguiéndose en lo demás, el procedimiento establecido en los artículos 591 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.
Cuando se comprobaren declaraciones juradas falsas, arrendatario o
subarrendatario quedará excluido de los beneficios de la ley y el Juez al
apreciar este hecho en la sentencia, declarará rescindido el respectivo
contrato y condenará al arrendatario o subarrendatario al pago de las sumas que correspondan y de los tributos y costos elevando los antecedentes a la Justicia de Instrucción, a los efectos de aplicar la pena establecida en el artículo 347 del Código Penal.