PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES




Promulgación: 21/12/1967
Publicación: 05/01/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1967
  •    Página: 2194

Referencias a toda la norma

IMPUESTO A LA ENAJENACION DE VEHICULOS AUTOMOTORES

Artículo 88

Duplícase el impuesto creado por el artículo 99 de la Ley N.o 13.420, de 
2 de diciembre de 1965. El producido del aumento de este impuesto será 
destinado a Rentas Generales. (*)

                         

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