PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES




Promulgación: 21/12/1967
Publicación: 05/01/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1967
  •    Página: 2194

Referencias a toda la norma

IMPUESTO A LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS Y SOCIEDADES DE CAPITAL

Artículo 36

(Retenciones).- La tasa máxima de retención a que se refiere el artículo 
43, de la ley N.o 12.804, de 30 de noviembre de 1960, y sus 
modificativas será del 55% (cincuenta y cinco por ciento). Fíjanse en el 
55% (cincuenta y cinco por ciento) las tasas de retención a que se 
refieren el inciso 1.o del artículo 45 y el artículo 46 de la ley N.o 
12.804, de 30 de noviembre de 1960, y modificativas. (*)

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