(Autorización). Autorízase al Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal a realizar directamente, con o sin la intervención de intermediarios, importaciones necesarias para el servicio, prescindiéndose en tales casos de las exigencias de la licitación pública.
Tales importaciones estarán exoneradas de todo derecho, recargo,
impuestos, derechos consulares, depósitos previos, tasas portuarias, etc.
(*)