PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES




Promulgación: 21/12/1967
Publicación: 05/01/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1967
  •    Página: 2194

Referencias a toda la norma

RECURSOS CAJA DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS

Artículo 220

Duplícase el valor de los timbres a que se refieren los incisos A) y H) del artículo 23 de la ley N.o 12.997, de 28 de noviembre de 1961, y 
modificativas.
Los timbres establecidos por el apartado 1.o del inciso C) del artículo 
mencionado, serán de $ 500.00 (quinientos pesos), $ 125.00 (ciento 
veinticinco pesos) y $ 250.00 (doscientos cincuenta pesos) respectivamente, para cada una de las intervenciones que señala. (*)


        

Ayuda