DESPIDOS DE EMPLEADOS Y OBREROS DE LAS EMPRESAS TELEGRAFICAS. INDEMNIZACION ESPECIAL




Promulgación: 11/10/1966
Publicación: 27/10/1966
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1966
  •    Página: 1428

Artículo 4

   El procedimiento para el cobro de la indemnización establecida por los 
artículos l° y 2°, será el correspondiente al juicio ejecutivo, constituyendo, a tal fin, título ejecutivo, el testimonio que se 
establece en el artículo 3°.

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