Los impuestos que graven a la sucesión de la señora Carmen Seré de
Varela con sus adicionales y recargos, en virtud de la trasmisión de
bienes por causa de muerte, podrán ser abonados por los herederos,
mediante la transferencia a favor del Consejo Nacional de Enseñanza
Secundaria, de los inmuebles ubicados en la 15ª Sección Judicial del
Departamento de Montevideo, manzana N° 413, padrones números 15.613 y
15.618.