OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ADOLFO MONTIEL BALLESTEROS. DERECHOS DE AUTOR




Promulgación: 13/01/1966
Publicación: 21/01/1966
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1966
  •    Página: 35
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   Autorízase al Poder Ejecutivo para adquirir los derechos de autor 
correspondientes a las obras que se mencionan en el artículo 2° de esta 
ley, de propiedad del escritor don Adolfo Montiel Ballesteros, mediante 
el otorgamiento en favor de éste, de una pensión vitalicia de 4.000.00 
(cuatro mil pesos) mensuales, sustitutiva de la que percibe de $ 2.000.00
(dos mil pesos) mensuales acumulable a la jubilación legal que asimismo 
percibe y transmisible a su señora esposa.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

BELTRAN - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DARDO ORTIZ
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