AUTORIZACION AL PODER EJECUTIVO A CAUCIONAR EN EL BANCO DE LA REPUBLICA LOS SALDOS DE DEUDA PUBLICA




Promulgación: 04/08/1965
Publicación: 11/08/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1965
  •    Página: 909
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Los importes correspondientes a los Servicios de amortización e intereses de los títulos de deuda caucionados, serán destinados al rescate de los billetes que se emitan.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 8.
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