Todos los contratos de compra-venta de lanas de la zafra correspondiente al año 1963, -cualquiera sea su forma- y realizados antes
del 9 de agosto de ese año, quedan sometidos a reliquidación en razón de
las variaciones de las detracciones y de la cotización de la moneda y conforme a lo dispuesto en los artículos siguientes.
FERNANDEZ CRESPO - WILSON FERREIRA ALDUNATE - RAUL YBARRA SAN MARTIN