REGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PARA OBREROS, EMPLEADOS Y PATRONOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR




Promulgación: 31/10/1963
Publicación: 12/11/1963
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1963
  •    Página: 877
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   Si por falta de renovación o por denuncia de los convenios o acuerdos a
que se refiere la presente ley, cesaran de funcionar los servicios que de
ellos dependen, los recursos existentes a esa fecha en los respectivos
Fondos deberán ser vertidos al Fondo de Seguro de Enfermedad, de Invalidez
y de Asistencia, regulado por la ley N° 12.793, de 17 de noviembre de
1960.

En tal caso, los derechos y obligaciones establecidos en dicha ley 
comenzarán a regir automáticamente.


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