El personal permanente de obreros y empleados del establecimiento
molinero "Gramón S. A.", de la ciudad de San José, en situación de paro como consecuencia del cierre de esa empresa y mientras esté paralizada la actividad del mismo, tendrá derecho a percibir una compensación mensual limitada, equivalente al salario que corresponda a ciento cuarenta y cuatro horas.