HONORES. DECLARACION DE "MES DE ARTIGAS"




Promulgación: 06/04/1963
Publicación: 17/04/1963
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1963
  •    Página: 234

Artículo 8

   Cométese al Poder Ejecutivo el formular proyectos dentro del término
de 180 días, con respecto al emplazamiento definitivo para los restos del
Héroe. Cuando los restos de Artigas reposen en su destino definitivo 
recibirán guardia de honor permanente de las Fuerzas Armadas.
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