TRABAJADORES DEL PUERTO. LIQUIDACION Y PAGO DE LICENCIAS, AGUINALDOS Y FERIADOS PAGOS. IMPUESTO SOBRE LAS MERCADERIAS IMPORTADAS TRANSPORTADAS EN BARCOS DE BANDERA EXTRANJERA




Promulgación: 31/10/1962
Publicación: 15/11/1962
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1962
  •    Página: 914

Artículo 3

   El sueldo anual complementario acordado por la ley N° 12.840, de 22 de
diciembre de 1960, que se abonará a los trabajadores amparados por la Ley
N° 12.467, de 12 de diciembre de 1957, y sus modificativos, será el
equivalente a una doceava parte de lo percibido durante el año por
concepto de salarios y compensaciones.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
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