RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1960




Promulgación: 07/12/1961
Publicación: 22/12/1961
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1961
  •    Página: 1496

Referencias a toda la norma

DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 67

   Exonérase a los espectáculos cinematográficos de los impuestos
establecidos por los artículos 6.o de la ley número 9.195, de 11 de enero
de 1934; 6° inciso A) de la ley número 10.709, de 17 de enero de 1946; y
58 de la ley N° 11.490, de 18 de setiembre de 1950.
   Derógase el inciso b) del artículo 6.o de la ley N.o 10.709, con el 
que fueron gravados los Clubes y Asociaciones que organizan y administran
deportes de carácter profesional.
   Las cantidades percibidas por la Comisión Honoraria de Lucha
Antituberculosa, a la fecha de promulgación de esta ley, no podrán ser
reclamadas por las instituciones que las hayan aportado.

(*)Notas:
Ver vigencia: TO 1996 (Decreto 338/996) de 28/08/1996 artículo 106 - 
Título 3.
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